Resoluciones: Procesos y Administración (licitaciones)
EXONERAR como beneficiario en el Registro Especial de Beneficiarios de Reparaciones en Educación al estudiante CADMIEL NEMÍAS PISCO CÁRDENAS de la Escuela Profesional de Ingeniería Mecánica Eléctrica, adscrita a la Facultad de Ingeniería Mecánica Eléctrica de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
DECLARAR DESIERTA la Plaza TR 1, tipo DC-A1, código AIRHSP: 000509; y la Plaza Nº 2, tipo DC-B1, código AIRHSP: 000492, para el Departamento Académico de Ciencias Ambientales, convocadas mediante Resolución Nº 111-2026-CU-R-UNAS, de fecha 19 de marzo de 2025.
MODIFICAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) 2024 de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en lo referente a los productos y/o servicios que ofrecen las diferentes oficinas, áreas y unidades de esta Casa Superior de Estudios; de conformidad con los considerandos antes expuestos y según lo establecido en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. En consecuencia, los demás productos y/o servicios mantendrán su vigencia.
CONTRATAR por Plaza Orgánica a la Dra. FLOR DE MARÍA GARCÍA PANDO, como Docente en la Categoría Asociado (Código AIRHSP: 000261), para cumplir las siguientes funciones:
- Inglés Básico 1 (Grupos: A-B Contabilidad)
- Inglés 1 (Grupos: A-B Administración)
- Inglés Técnico (RNR)
Adscrita al Departamento Académico de Humanidades de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, con eficacia anticipada a partir del 08 de abril de 2025 hasta la culminación del Semestre Académico 2025-I.
APROBAR la Primera Modificación del Plan Anual de Contrataciones de la Universidad Nacional Agraria de la Selva para el Ejercicio Fiscal 2025, en el extremo de incluir dos (02) procedimientos de selección, según lo detallado en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente resolución.
CONFORMAR a los miembros del Comité de Selección para la ejecución del componente "Mobiliario - Adquisición de Carpintería de Madera", con cargo al proyecto de inversión:
"Remodelación de Laboratorio Específico y/o Especialidad; Adquisición de Equipamiento de Laboratorio y Mobiliario de Laboratorio en la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en la localidad de Tingo María, distrito de Rupa-Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco" (CUI N° 2521793).
APROBAR el reinicio del Plazo de Ejecución Nº 01 de la obra:
"Remodelación de suministro de energía eléctrica en las 02 subestaciones (FCEA-Puerta 2) de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en la localidad de Tingo María, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco" (CUI Nº 2519907),
con eficacia anticipada a partir del 04 de abril de 2025 y con nueva fecha de culminación de la obra el 07 de abril de 2025; de conformidad con lo solicitado mediante Informe Nº 0259-2025-UEI/UNASTM y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR el cambio de profesional (Especialista en Seguridad de Obra) de la ejecución de la obra: "Creación del servicio académico de pregrado en la carrera profesional de Ingeniería de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, Tingo María, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco", componente Módulo Académico con CUI Nº 2433488, Etapa 1, solicitado por el Consorcio ECOINNOVA; de conformidad con el Informe Nº 258-2025-UEI/UNASTM, por los considerandos antes expuestos.
DEJAR SIN EFECTO, a partir del 16 de abril de 2025, el Acuerdo N° 009-2025-CU-R-UNAS, de fecha 17 de febrero de 2025;
AUTORIZAR a las Facultades de la Universidad Nacional Agraria de la Selva a retomar los procesos de ascenso docente que se encontraban suspendidos.
DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación interpuesto por la señora TERESA ANGULO CÁRDENAS VDA. DE LINDO (ex servidora de esta Casa Superior de Estudios), contra la Resolución N° 126-2025-R-UNAS, de fecha 18 de febrero de 2025, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución;
DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con el Artículo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444.