Resoluciones: Académico

31 Diciembre 2025

Artículo 1°. – NO APROBAR la ampliación de matrícula para el Examen de Aplazados del Semestre Académico 2025-II, programado mediante Resolución N° 548-2024-CU-R-UNAS; en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo.

Artículo 2°. – NOTIFICAR el presente acto administrativo a los estudiantes, Vicerrectorado Académico, DIIA, con las formalidades de Ley.

30 Diciembre 2025

Artículo 1º.- OFICIALIZAR la designación del Dr. ROBERTO DAVILA TRUJILLO, identificado con DNI N° 22973054, como DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS (FIIA) de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, con eficacia anticipada a partir del 29 de diciembre de 2025 hasta el 01 de agosto de 2027.

30 Diciembre 2025

Artículo 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE NIVELACIÓN DE PREGRADO 2026-0 DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA  ofrecerá en los meses de enero a marzo de 2026, conforme al anexo 1 que forman parte integrante de la presente resolución.

30 Diciembre 2025

Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 019-2025-CU-R-UNAS, de fecha 03de enero de 2025, que modifica de manera excepcional el Articulo 13° del Reglamento de Estudios de Pregrado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, aprobado mediante Resolución N° 044-2024-CU-R-UNAS, de fecha 12 de febrero de 2024.

Artículo 2º.- MODIFICAR el Artículo 13° del Reglamento de Estudios de Pregrado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, aprobado mediante Resolución N° 044-2024-CU-R-UNAS, de fecha 12 de febrero de 2024, quedando redactado de la siguiente manera:

"Anualmente se ofrecen dos (02) semestres académicos regulares, pudiéndose programar cursos de nivelación de estudios generales, específicos y/o de especialización, en los meses de enero a marzo propuestos por las Escuelas Profesionales y Facultad, los mismos que serán ofrecidos por los docentes de la especialidad (ordinarios y/o contratados) y aprobados por el Decano a propuesta de Departamento Académico y Directores de Escuelas Profesionales. El estudiante podrá matricularse hasta en dos (02) cursos. Se regirá por su propio reglamento".

Artículo 3º.- NOTIFICAR al Vicerrectorado Académico, a las Facultades, a los Departamentos Académicos, a las Escuelas Profesionales, a la Dirección de Asuntos Académicos y demás Unidades Académicas y Administrativas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, el contenido de la presente resolución para su cumplimiento.

11 Diciembre 2025

Artículo 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DE VIAJES DE PRÁCTICAS de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución.

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