Resoluciones: Académico

9 Mayo 2025

ARTÍCULO ÚNICO: Se RATIFICA al Dr. MÁXIMO ALFREDO DIONISIO GARMA en la categoría de Docente Principal a Dedicación Exclusiva. Él está adscrito a la Facultad de Ingeniería en Informática y Sistemas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, por el periodo comprendido del 02 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2024, con eficacia anticipada a partir del 01 de enero de 2025.

9 Mayo 2025

ARTÍCULO 1°: Se RATIFICA al Dr. JAVIER BERNARDO RODRÍGUEZ CRUZ en la Categoría Docente Asociado a Dedicación Exclusiva, por el periodo comprendido del 19 de noviembre de 2019 al 18 de noviembre de 2024. El Dr. Rodríguez Cruz es docente adscrito a la Facultad de Ingeniería en Informática y Sistemas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.

ARTÍCULO 2º: Se RATIFICA a la M.Sc. MARÍA FÉLIX SÁNCHEZ VILLAVICENCIO en la Categoría Docente Auxiliar a Dedicación Exclusiva, por el periodo comprendido del 29 de diciembre de 2021 al 28 de diciembre de 2024. La M.Sc. Sánchez Villavicencio es docente adscrita a la Facultad de Ingeniería en Informática y Sistemas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.

23 Mayo 2025

Artículo 1°: DESIGNAR a los miembros de la COMISIÓN RESPONSABLE DE ACTUALIZAR EL REGLAMENTO DE DOCENTES de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, la misma que estará conformada de la siguiente manera:

  • Vicerrector Académico
  • Presidentes de Comisiones de Evaluación Docente de cada Facultad
  • Representante de la Unidad de Recursos Humanos
  • Representante de la Oficina de Gestión de la Calidad
  • Representante de la Oficina de Asesoría Jurídica
9 Julio 2025

Artículo 1º: ESTABLECER que la Comisión deberá presentar su Informe de Trabajo Final a más tardar al finalizar el Semestre Académico 2025-II, para ser debatido y aprobado en sesión de Consejo Universitario.

2 Julio 2025

La Carta Nro. 139-2025-VR.INVEST.-UNAS, de fecha 25 de junio de 2025, del VicerrQue, de conformidad con el Artículo 18° del último párrafo de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, en el marco de la Constitución y de las leyes.ector de Investigación de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, (Reg. S.G N° 1476).

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