Resoluciones: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rectorales

7 Agosto 2026

ARTÍCULO 1°. – APROBAR el INFORME TECNICO N° 000003-2026-UNAS/VRA, de fecha 30 de julio de 2026, del Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, referente a la distribución de diez (10) plazas de docentes auxiliares para el proceso de nombramiento en las Facultades que a continuación se indican, precisándose el Código AIRHSP y la dedicación de cada plaza:

7 Agosto 2026

ARTÍCULO 1°. – APROBAR el NÚMERO DE VACANTES PARA EL PROCESO DE ADMISIÓN DE PREGRADO 2027, para las carreras profesionales ofertadas por la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme al Anexo que forma parte de la presente resolución.

7 Agosto 2026

ARTÍCULO 1°. – DESIGNAR TEMPORALMENTE LAS FUNCIONES como Jefe de la Unidad de Recursos Humanos a la CPC. MARÍA HORTENSIA VIENA PEZO – Jefe de la Unidad de Abastecimiento de esta Casa Superior de Estudios, en adicion de sus funciones y con eficacia anticipada a partir del 03 de agosto al 31 de agosto de 2026.

7 Agosto 2026

ARTÍCULO 1. – DEJAR SIN EFECTO la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) respecto al procedimiento denominado “EXÁMEN DE APLAZADOS POR CURSO”, CÓDIGO PA660069A0, aprobado mediante Resolución N°936-2025-R-UNAS de fecha 26 de diciembre de 2025, manteniéndose vigente el costo fijado mediante Resolución N° 410-2023-R-UNAS de fecha 15 de junio de 2023.

7 Agosto 2026

ARTÍCULO 1. – APROBAR el Expediente Técnico de Adicional de Obra Nº 06 con Deductivo Vinculante de Obra N° 05, correspondiente a la ESPECIALIDAD DE ARQUITECTURA referente a la Obra: “CREACIÓN DE SERVICIO ACADÉMICO DEL PREGRADO EN LA CARRERA PROFESIONAL DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA DISTRITO DE RUPA RUPA DE LA PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO”, COMPONENTE MÓDULO ACADÉMICO, CON CUI N° 2433488, ETAPA I; cuyo presupuesto para el Adicional de Obra N° 06 es de S/ 213,746.93 (DOSCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 93/100 SOLES), y el presupuesto del Deductivo Vinculante de Obra N° 05 es de S/ 218,724.45 (DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 45/100 SOLES). TENIENDO COMO VARIACIÓN NETA NEGATIVA EL IMPORTE DE -S/ 4,977.52 (- CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 52/100 SOLES), con una incidencia de -0.001%, cuyo porcentaje de incidencia de la Prestación Adicional N° 06 con Deductivo Vinculante N° 05, alcanza el 11.1121% respecto al monto contratado. Solicitado por el Representante Común del CONSORCIO ECOINNOVA. Y de conformidad a lo señalado mediante INFORME N° 000552-2026-UNAS/UEI y en mérito a los considerados antes expuestos.

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