Resoluciones: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rectorales
ARTÍCULO 1° – RECONOCER al Comité de Calidad de la Escuela Profesional de Ingeniería en Informática y Sistemas de la Facultad de Ingeniería en Informática y Sistemas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, para el año 2026, conformado por los siguientes miembros:
Dr. WILLIAM ROGELIO MARCHAND NIÑO (Director de Escuela – Presidente)
Mg. MARCO ARTUTO CANALES AGUIRRE
Mg. GARDYN OLIVERA RUIZ
Mg. ALBERTO LUCIO ACEVEDO ALIAGA
Mg. NILTON CHUCOS BAQUERIZO
Bach. ELKIN FAUSTO ORTIZ MORALES (Representante de Graduados)
Sra MERY JULIA MALPARTIDA JARAMILLO (Representante de Trabajadores)
Est ELIA ROCELIN GONZALES CASTRO (Representante de Estudiantes)
Personal de Apoyo para Acreditación de la EPIIS:
Ing. MICHAEL MARIÑO GAMBOA
Ing. JAK ESTAI SOLSOL ISMINIO
ARTÍCULO 1° – CONMINAR a la Facultad de Ingeniería en Industrias Alimentarias a realizar el proceso de ascenso docente conforme a la normatividad vigente emitida para tal efecto.
ARTÍCULO 1 – DISPONER que la FIIA emita informe sobre el trámite de las solicitudes de cuatro (4) docentes de la FIIA que iniciaron el procedimiento de ascenso, en el extremo que corresponde a la FIIA emitir pronunciamiento por la totalidad de las solicitudes de ascenso presentadas ante la Unidad de Recursos Humanos y posteriormente derivadas a la FIIA; además de ello, emita informe sobre el acta de instalación de la Comisión Permanente de Evaluación Docentes, los puntajes de los cuatro (4) docentes que presentaron sus solicitudes y se indique el Reglamento de Docentes que sirvió como base legal para la evaluación; y finalmente emita informe desvirtuando lo indicado por la profesora Dra Luz Milagros Follegatti Romero su escrito que fue remitido por la Oficina de Rectorado a la Decanatura de la FIIA mediante PROVEIDO 002239-2026-UNAS/RC, de fecha 09 de junio de 2026
ARTÍCULO 1 – APROBAR el CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA PROMOCION DE DOCENTES ORDINARIOS DE LA UNAS 2026 – CATEGORIA PRINCIPAL Y ASOCIADO en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a continuación se detalla:
ARTÍCULO 1° – MODIFICAR el Capítulo VII de las BASES DEL CONCURSO INTERNO DE ASCENSO DE DOCENTES ORDINARIOS 2026 DE LA UNAS, aprobado mediante RESOLUCION CONSEJO UNIVERSITARIO N° 000174-2026-UNAS/CU, de fecha 03 de junio de 2026, quedando redactado de la siguiente manera:
“CAPÍTULO VII: DE LOS RECLAMOS Y LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS
Artículo 18- DE LOS RECLAMOS
El cronograma establecerá plazos perentorios con la finalidad de que los postulantes presenten reclamos a la evaluación de los requisitos y documentos generales, siendo competente la Comisión Evaluadora pronunciarse sobre la absolución de los mismos, en el plazo que otorgue el cronograma Artículo 19- DE LA NATURALEZA DE LOS RECURSOS – Los recursos impugnatorios constituyen mecanismos excepcionales de control de legalidad, orientados a garantizar el debido procedimiento administrativo y la correcta aplicación de la normativa vigente Se rigen por la regla del TUO de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y disposiciones de SERVIR”.



