Resoluciones: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rectorales
APROBAR el Expediente Técnico de ADICIONAL DE OBRA N" 02, referente a la Obra: "CREACIÓN DEL CENTRO GEOMÁTICA CON FINES ACADÉMICOS E INVESTIGACIÓN EN LA FACULTAD DE AGRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA- DISTRITO DE RUPA RUPA - PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUÁNUCO", con un costo de Adicional de Obra Nº 02 de S/ 12940819 (CIENTO VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 191100 SOLES) y una incidencia respecto al monto contractual de 082%; de conformidad a lo solicitado mediante INFORME N° 289-2023-UEI-UNASTM.
CONTRATAR al Dr ADÍN DAZA GARATE, por suplencia en la categoría principal a dedicación exclusiva, con nivel remunerativo OC-A 1, para cumplir las funciones: "Investigación Pecuaria", Economía Pecuaria" y "Biometría II", adscrito al Area de Reproducción Animal y Mejora Genética de la Facultad de Zootecnia de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, con eficacia anticipada desde el 19 de junio 2023 hasta la culminación del Semestre Académico 2023-I.
APROBAR el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTlTUCIONAL ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIOA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA - UNAS, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución.
OTORGAR por única vez el incentivo económico de 5/ 450.00 soles, por concepto de pago de Prácticas Preprofesionales, a favor de la estudiante MARÍA ROSSY HUAMAN CIERTO de la Escuela profesional de Ingeniería en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
DESIGNAR al CPC JEREMÍAS ALLPAS RODRÍGUEZ en el cargo de DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, a partir del 01 de julio de 2023, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), Directivo, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, Plaza AIRHSP Nº 000284, Grupo Ocupacional Funcionarios y Directivos, cargo funcional Director, con una remuneración mensual de SIETE MIL QUINIENTOS Y 19/100 SOLES (S/ 7,50019), debiendo recepcionar el cargo previo inventario.



