Resoluciones: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rectorales
MODIFICAR de manera excepcional el Artículo 13° del Reglamento de Estudios de Pregrado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, aprobado medianta Resolución N° 044-2024-CU-R-UNAS, de fecha 12 de febrero de 2024, únicamente para el Programa de Nivelación de Pregrado UNAS 2025-0, quedando redactado de la siguiente manera.
DEBE DECIR:
Nómbrese como Empleados de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, a partir del 1 ª de diciembre de 1985, al siguiente personal:
Miguel Ángel Puente Camasca
Segundó Astolfo Ruiz del Águila
Jeremías Allpas Rodríguez
Silvia Roxana Atencia Cárdenas
ACTUALIZAR, en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) 2024 de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, el precio de los productos que ofrece el Rectorado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, de acuerdo con el anexo que forma parte de la presente Resolución.
APROBAR, la SUSPENSIÓN DEL PLAZO Nº 01 DE EJECUCIÓN de la Obra: ETAPA IIl: "CREACION DE LOS SERVICIOS ACADÉMICOS, INVESTIGACIÓN, PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN DE LA :, · l{, FACULTAD DE INGENIERIA MECÁNICA ELÉCTRICA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA TINGO MARIA, DISTRITO DE RUPA- RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO" CON CUI Nº 2406460, con efectividad a partir del 06 DE DICIEMBRE DEL 2024; de conformidad a lo solicitado mediante lnfonne Nª 1013-2024-UEI/UNASTM, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 01 referente a la ejecución de la obra: ETAPA III: "CREACIÓN DE LOS SERVICIOS ACADÉMICOS, INVESTIGACIÓN, PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN DE LA FACULTAD DE INGENIERIA MECÁNICA ELÉCTRICA, EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA TINGO MARIA - DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO", con CUI Nº 2406460, solicitado por el Representante Legal del Consorcio C&M CONSTRUCTORES, de conformidad a lo indicado al Informe Nº 1032-2024-UEI/UNASTM, Informe Nº 204-2024-TLPY-MO-UEI/UNASTM y por los considerandos antes expuestos.