RESOLUCION N° 447-2019-CU-R-UNAS
Declarar improcedente la solicitud de activación y matrícula de los siguientes cursos mencionados en la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud de activación y matrícula de los siguientes cursos mencionados en la presente resolución.
Disponer que, de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, el bachillerato automático lo obtienen los estudiantes que han iniciado sus estudios hasta antes del 31 de diciembre de 2015.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo Nº 02, solicitada por el contratista Sr. Efran Vidal Rodriguez Falcón, encargado de la Elaboración de Perfil y Expediente Técnico denominado "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN E INVESTIGACIÓN DE TULUMAYO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRRIA DE LA SELVA, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Dirección: Carretera Central km. 1.21; Tingo María
Email: mesadepartes@unas.edu.pe, webmaster@unas.edu.pe
RUC: 20172356720
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