DEJAR SIN EFECTO los Artículos 3° y 4° de la Resolución Nº 140-2016-R-UNAS, de fecha 23 de marzo de 2016, quedando subsistente lo demás en todos sus extremos.
Suspender temporalmente los 238 chips con líneas de Internet contratado para los estudiantes y docentes de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.